lunes, 6 de abril de 2009

Serafín Castellano presenta el nuevo reglamento de espectáculos taurinos de la comunidad valenciana

El conseller de Gobernación, Serafín Castellano, anunció hoy que los 13 municipios de la Comunitat Valenciana que cuentan con plazas de toros singulares "tendrán un plazo de cuatro años a partir de la entrada en vigor del Reglamento de Espectáculos Taurinos de la Comunitat Valenciana para adecuarse al régimen previsto en el mismo y obtener la licencia excepcional".
Castellano se reunió hoy con representantes del mundo taurino para presentarles el nuevo Reglamento de Espectáculos Taurinos de la Comunitat Valenciana, con el objetivo de que la norma sea "lo más consensuada y completa", apuntó. Este reglamento, que entrará en vigor antes de que finalice el año, consta de 99 artículos estructurados en 13 títulos.
Una vez entre en funcionamiento la norma, los espectáculos taurinos en la Comunitat Valenciana dejarán de regirse por la normativa nacional que se aplica en la actualidad. Con ello, se pretende "completar la regulación de los festejos taurinos en la Comunitat Valenciana puesto que complementará al Decreto de Bous al Carrer", añadió el conseller.
El artículo 10 del nuevo Reglamento regulará las características específicas de estas plazas de toros que por sus peculiaridades no se adaptan a las medidas estándar del resto de plazas. Así, se establece que "podrán exceptuarse del cumplimiento de los requisitos establecidos siempre que se justifique técnica y documentalmente la imposibilidad de su adopción", subrayó el conseller.
Será el titular de la plaza o recinto quien deba solicitar la inclusión de la misma en el Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano, y una vez esté inscrita en este inventario, presentará el proyecto a la Conselleria competente en materia de espectáculos para que los técnicos efectúen un estudio y verifiquen el carácter singular de la plaza para garantizar las condiciones de seguridad y salubridad del edificio.
Una vez cumplidos estos trámites, las plazas de toros de Algemesí y Bocairent, en la provincia de Valencia; las de Castellón, Vinaroz, Villafranca, Morella, Onda, Benasal, Oropesa y Vall d'Alba, en Castellón; y Monovar, Elda y Ondara, en la provincia de Alicante, contarán con un periodo de cuatro años, a partir de la entrada en vigor del Reglamento, para cumplir con el nuevo reglamento.
La nueva normativa también propone que se fije el seguro de responsabilidad civil que deberá contratarse por un capital mínimo de 300.500 euros; crea la figura de coordinador de presidentes con el fin de unificar criterios de decisión y actuación; y establece en su artículo 21 que la persona que ostentará la Presidencia en las plazas de primera y de segunda sea el director general competente en materia de espectáculos que podrá delegar en otra persona, mientras que en las plazas de tercera y en las no permanentes y portátiles la Presidencia la ostentará el alcalde del municipio.
Castellano matizó que lo establecido en el artículo 21 no entrará en vigor hasta transcurridos cinco años desde la entrada en vigor del Reglamento y, hasta ese momento, se aplicará la normativa nacional vigente en la actualidad.
Asimismo, el Reglamento contempla que la antelación mínima para la presentación de solicitudes se fije en 10 ó 15 días naturales antes de la celebración del mismo, frente a los cinco días de la normativa nacional. Por otra parte, el nuevo reglamento también establece la clasificación de las plazas de toros permanentes, y considera que la Plaza de Toros de la ciudad de Valencia es de primera categoría, las de las ciudades de Castellón y Alicante de segunda categoría, y el resto, de tercera categoría.
Castellano explicó que, además, "se trata de una nueva normativa que es muy estricta en lo que se refiere a las condiciones sanitarias y en la que hay otros temas abiertos sobre los que se está escuchando al sector taurino, como la concesión de trofeos". Respecto a los plazos, concretó que se prevé tener el texto definitivo en mayo para presentarlo ante el pleno del Consell después del verano para su aprobación, y que entre en vigor antes de que finalice el año.
Por último, el artículo 52 del nuevo Reglamento contempla la posibilidad de que el ganadero, en caso de que una res sea rechazada por los veterinarios porque sus defensas presentan síntomas de manipulación, pueda exigir su lidia bajo su personal responsabilidad si cumple con los demás requisitos reglamentarios.
En definitiva, con el nuevo Reglamento de Espectáculos Taurinos de la Comunitat Valenciana se persigue "un objetivo muy claro garantizar la seguridad para las personas, velar por el respeto de los animales y que se cumplan unas medidas de seguridad exigentes a la vez que se compatibilice con las tradiciones".

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