El conseller de Gobernación, Serafín Castellano , ha anunciado este martes que ha propuesto a los expertos que componen la comisión que está trabajando en la elaboración del Reglamento de Espectáculos Taurinos de la Comunitat Valenciana la creación de una Cátedra de Tauromaquia en las universidades valencianas.
Castellano ha destacado la "buena acogida" de esta iniciativa por parte de los miembros de la Comisión, por lo que en los "próximos días" trasladará la propuesta a la Conselleria de Educación, Formación y Empleo y a las universidades valencianas para que "lo estudien y pueda llevarse a cabo porque consideramos que es importante desde el punto de vista histórico, cultural y artístico", según ha informado en un comunicado.
Según ha explicado el conseller, "se trata de una iniciativa que se ha introducido en el Reglamento de Espectáculos Taurinos de la Comunitat Valenciana en el que estamos trabajando, por lo que se da un paso más en la potenciación y garantía de supervivencia no solo de la Fiesta Nacional, sino también de los 'bous al carrer' como elemento característico de la Comunitat, que generan un impacto económico de 184 millones de euros al año".
Castellano ha resaltado que, de materializarse esta propuesta, la Comunitat "sería la segunda autonomía en contar con una cátedra de estas características, después de Sevilla", ha apostillado. El titular de Gobernación ha indicado que la Comisión se ha dado por concluida, "con gran participación del sector en la elaboración del Reglamento de Espectáculos Taurinos de la Comunitat, a los que ha agradecido sus aportaciones y su trabajo durante estos meses para que por fin el texto pueda ver la luz y que pueda entrar en vigor el próximo otoño".
En este sentido, ha señalado que, con la aprobación de este Reglamento, "nuestro territorio completa la legislación relativa tanto a festejos taurinos tradicionales (bous al carrer) como los festejos taurinos".
El Reglamento, con 100 artículos
El Reglamento, con 100 artículos
El texto consta de un centenar de artículos y 13 títulos y regula las plazas de toros, históricas y recintos en los que celebrar espectáculos taurinos, las condiciones sanitarias, las funciones de la presidencia, delegados gubernativos, veterinarios, el desarrollo de la lidia o las actividades de las escuelas taurinas, entre otras cuestiones.
Así el texto califica los tipos de plazas de toros y distingue entre plazas de toros fijas o permanentes, no permanentes, portátiles y otros recintos. En este sentido, el Reglamento contempla que, con independencia de su tipología, las plazas históricas y tradicionales de la Comunitat, que, por sus peculiaridades no se adaptan a las medidas estándar del resto de plazas, podrán exceptuarse el cumplimiento de los requisitos establecidos "siempre que se justifique técnica y documentalmente la imposibilidad de su adopción".
El Reglamento también regula la necesidad de que todas las plazas de toros y recintos, con independencia de su tipología, deberán disponer de servicio medico-sanitario perfectamente equipado y con la dotación de personal adecuada. Además, establece que la enfermería de las plazas de toros permanentes estará ubicada de forma que sea fácil el acceso desde el ruedo y que permita una evacuación rápida al exterior de la plazas y en las plazas no permanentes la enfermería podrá ubicarse en las inmediaciones siempre que no esté a más de 50 metros del ruedo.
Si hubiese alguna anomalía o deficiencia en estas instalaciones, el presidente del espectáculo retrasará el inicio del mismo hasta que no queden resueltas, o sin contar con la presencia del equipo médico-quirúrgico.
La norma también regula el tiempo máximo con el que las reses deben llegar al recinto. De ese modo, en las plazas de primera y segunda categoría las reses deberán estar con 48 horas de antelación respecto a la hora señalada de inicio del espectáculo.
En las plazas de tercera, el plazo se reduce a 24 horas y en las plazas no permanentes y portátiles bastará con que la res esté con una antelación mínima de ocho horas. El desembarque se hará con presencia del delegado gubernativo, del representante de la empresa organizadora y de un veterinario. El reglamento también contempla que las banderillas deben ser de las que se retraigan o cuelguen tras su incursión, con empuñadura de madera.
Respecto a las puyas, se reducen de 29 a 26 milímetros. Además, se regula las escuelas taurinas y la posibilidad de éstas puedan celebrar clases prácticas en plazas de toros o recintos de la Comunitat Valenciana ; que en las plazas de primera y segunda además de los toros, también se puedan indultar a novillos; o la posibilidad que las plazas puedan cambiar de categoría si cumplen con los requisitos que corresponden a cada una de las mismas (una plaza de tercera podría ser de segunda y una de segunda podrá pasar a ser de primera)
El conseller ha apuntado que la Comunitat Valenciana va a contar con una normativa "exigente, moderna, actualizada y consensuada con todo el sector taurino, lo cual es una satisfacción ya que va a suponer una potenciación por dotar de más seguridad y más garantías a la fiesta de los toros".
Info: Las Provincias
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